Es una acción civil, directa y principal, no subsidiaria de responsabilidad extracontractual en el marco societario que se otorga a los socios y terceros para recomponer su patrimonio. Pero no convierte a los administradores objetivamente en garantes de la sociedad que administran. (Sentencias del TS nº 417/2006, de 28 de abril y nº 665/2020, 10 de diciembre de 2020).